¿Puedo tomar un vuelo con una solicitud pendiente? Lo que debe saber antes de viajar
- hace 5 días
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Si usted se encuentra esperando la respuesta de un trámite ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) como un ajuste de estatus, un asilo, una petición familiar o un TPS y por alguna razón familiar o de trabajo necesita tomar un avión, es completamente normal que le surjan dudas y temor. Conozca qué diferencia hay entre volar dentro del país y salir al extranjero, qué documentos debe llevar en su bolso de mano y qué precauciones debe tomar para no poner en riesgo su proceso.
Para comprender mejor cómo evalúan las autoridades la presencia de inmigrantes en los aeropuertos y qué precauciones tomar, le invitamos a consultar nuestro artículo sobre ¿Tiene la visa vencida? Por qué debería evitar viajar en vuelos nacionales dentro de EE. UU.
¿Qué sucede con su viaje si tiene una solicitud pendiente con USCIS?
En pocas palabras: sí es posible abordar vuelos nacionales (dentro de Estados Unidos) si cuenta con una identificación oficial vigente y lleva consigo el comprobante de que su caso está en trámite. Sin embargo, para vuelos internacionales (fuera de EE. UU.), salir del país sin tener un permiso de viaje previo aprobado (Advance Parole) provoca que el gobierno considere que usted abandonó su solicitud, perdiendo su trámite.

¿Qué consecuencias legales tiene viajar sin conocer las reglas de su proceso?
El error más peligroso que cometen muchas personas es asumir que tener un recibo de USCIS funciona como una "Visa libre" para entrar y salir del país. Si usted tiene un trámite de Ajuste de Estatus (Formulario I-485) o una solicitud de asilo y aborda un vuelo para salir de Estados Unidos sin haber recibido primero el documento de Advance Parole (Formulario I-131) aprobado, el gobierno cancelará su solicitud automáticamente.
Al momento de intentar regresar por el aeropuerto, los agentes fronterizos no le permitirán la entrada y su trámite se dará por perdido, obligándole a empezar de cero o enfrentando un proceso de deportación fuera del país.
¿Cómo afecta esta situación a los vuelos nacionales e internacionales?
Es fundamental entender las diferencias según el destino de su vuelo:
En vuelos internos dentro de EE. UU. (de estado a estado): La TSA inspecciona que su nombre coincida con su pasaporte vigente. Tener su recibo Formulario I-797C a la mano demuestra que su presencia en el país está registrada formalmente en el sistema de inmigración.
En viajes a territorios de EE. UU. (como Puerto Rico o las Islas Vírgenes): Aunque son territorios estadounidenses, en ocasiones los vuelos de regreso hacia el continente están sujetos a inspecciones de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), por lo que el riesgo de revisión es más alto.
En vuelos hacia el extranjero: Requiere obligatoriamente contar con el documento físico de Advance Parole aprobado en mano antes de salir de territorio estadounidense.
¿A quiénes puede afectar esta situación?
Esta información es clave para quienes están atravesando los siguientes procesos:
Personas con solicitudes de Ajuste de Estatus (green card) pendientes por petición familiar o empleo.
Solicitantes de Asilo, TPS o DACA que están a la espera de su primera aprobación o de una renovación.
Personas a las que se les venció su visa de turista o permiso de I-94 inicial, pero que ya iniciaron un trámite legal ante USCIS.
¿Qué documentos debe reunir para viajar en un vuelo nacional?
Si usted decide realizar un vuelo doméstico mientras su trámite continúa pendiente, es importante que lleve en su bolso personal (nunca en la maleta documentada):
Pasaporte vigente de su país de origen: Es el documento de identificación aceptado por la TSA para vuelos dentro de EE. UU.
Notificación de Acción original (Formulario I-797 o I-797C): La carta oficial emitida por USCIS donde consta su número de recibo de 13 dígitos.
Permiso de Trabajo (EAD), si ya lo recibió: Si como parte de su trámite pendiente ya le llegó la tarjeta de autorización de empleo, llévela como prueba con foto emitida por el gobierno federal.
Copia de su solicitud o petición familiar: Un juego de copias del trámite que envió a Inmigración.
¿Qué pasos prácticos le aconsejamos dar antes de comprar su boleto?
Si tiene necesidad de volar dentro de EE. UU., le recomendamos actuar con mucha prudencia:
Revise que su pasaporte no esté vencido: La TSA no acepta pasaportes expirados para pasar los filtros de seguridad.
Evite aeropuertos muy cercanos a la frontera: Las terminales aéreas en ciudades fronterizas suelen contar con mayor presencia de agentes de CBP e ICE.
No pague boletos con escalas internacionales: Asegúrese de que su vuelo sea directo o con escalas en ciudades dentro de EE. UU. continental.
Consulte con su abogado de inmigración: Cada caso tiene particularidades. Una persona con una orden de deportación previa o antecedentes penales tiene riesgos muy distintos a los de alguien sin récord.
¿Dónde se puede consultar información oficial?
Puede revisar la lista de identificaciones aceptadas para volar en el portal web de la Administración de Seguridad del Transporte (TSA) y consultar el estado de su trámite con su número de recibo en la página oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).
¿Cómo podría verse esta situación en un caso real?
Imaginemos la historia de "Carlos", quien presentó una solicitud de residencia por matrimonio y su trámite se encuentra pendiente en USCIS. Carlos necesitaba volar de Chicago a Los Ángeles para atender un compromiso de trabajo de dos días.
Antes de salir, Carlos reunió en su carpeta de viaje su pasaporte mexicano vigente, su permiso de trabajo (EAD) y la carta I-797C de USCIS que confirma que su trámite de Ajuste de Estatus está activo. Al llegar al filtro de seguridad de la TSA en el aeropuerto, presentó su pasaporte sin problemas, abordó su vuelo interno y realizó su viaje sin inconvenientes, manteniendo su expediente migratorio intacto al regresar.
(Aviso: Este es únicamente un ejemplo ilustrativo y cada caso depende de los antecedentes del solicitante).
¿Puedo volar a Puerto Rico o a las Islas Vírgenes de EE. UU. si mi solicitud está pendiente?
Aunque Puerto Rico y las Islas Vírgenes son territorios estadounidenses, en los aeropuertos de salida hacia EE. UU. continental existen puntos de inspección migratoria de CBP. Si su visa anterior ya venció y solo tiene la Notificación de Acción I-797, existe el riesgo de ser interrogado por oficiales de Inmigración, por lo que es recomendable consultar con un abogado antes de realizar ese viaje.
¿La carta I-797 de USCIS me otorga un estatus legal permanente?
No. La Notificación de Acción no es un estatus legal definitivo, sino un comprobante oficial de que usted tiene un proceso abierto y se encuentra en un periodo de estancia autorizada por el gobierno mientras se emite una decisión sobre su caso.
¿Puedo usar mi tarjeta de permiso de trabajo (EAD) para pasar la seguridad del aeropuerto?
Sí. La tarjeta de autorización de empleo emitida por USCIS es un documento de identificación federal válido con fotografía aceptado por la TSA para vuelos nacionales.

¿Qué es lo más importante que debe recordar?
Estar a la espera de un trámite migratorio requiere mucha cautela, pero no significa que deba vivir con pánico. Si necesita volar dentro de Estados Unidos, recuerde que la clave está en estar bien informado, llevar sus documentos en regla y distinguir con claridad que viajar dentro del país no es lo mismo que salir al extranjero. Antes de tomar decisiones apresuradas que puedan poner en riesgo su permanencia, organice sus papeles y consulte con especialistas que le guíen en la opción más segura para usted.
Aviso legal: Este contenido se proporciona únicamente con fines informativos y educativos. No constituye asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente. Las leyes y políticas migratorias pueden cambiar, y cada caso depende de sus circunstancias particulares. Para recibir orientación sobre una situación específica, consulte con un abogado de inmigración calificado.
OJO:
Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos. Es información general y se comparte con el solo propósito de informar. No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso.
Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular.
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