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Nueva petición ante la Corte Suprema aumenta la incertidumbre sobre el TPS para venezolanos

15 jul
7 min de lectura

Actualizado: 23 jul

El Gobierno pidió anular un fallo favorable del Noveno Circuito y devolver el caso para una nueva revisión. La Corte Suprema todavía no ha decidido qué hará con la petición.


Para cientos de miles de venezolanos, el TPS no es solamente un término legal. Ha representado la posibilidad de trabajar, sostener a sus familias y permanecer temporalmente en Estados Unidos sin el temor inmediato de ser deportados. Por eso, cada nueva decisión judicial puede generar angustia, confusión y preguntas sobre el futuro.


El Gobierno del presidente Donald Trump presentó una petición ante la Corte Suprema para que se deje sin efecto un fallo del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito que había concluido que la entonces secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, se excedió en sus facultades al intentar cancelar y terminar determinadas protecciones de TPS para Venezuela.


La petición fue presentada el 9 de julio de 2026 y registrada con el número 26-48 bajo el nombre Mullin contra National TPS Alliance. El Gobierno solicita que el caso sea devuelto al Noveno Circuito para que lo reconsidere a la luz de una sentencia más reciente de la Corte Suprema relacionada con el TPS de Haití y Siria.


Es importante aclarar desde el inicio que esta presentación no es una nueva decisión de la Corte Suprema. Tampoco cambia por sí sola el estatus, el permiso de trabajo o el caso migratorio de una persona. La Corte todavía debe decidir qué acción tomará.


Mujer y niño en protesta con bandera de Venezuela; carteles dicen TPS y Para Venezuela, con gesto serio y de apoyo
Madre venezolana y su hijo en una manifestación frente a la Corte Suprema de EE. UU. apoyando el TPS, reflejando la esperanza y preocupación de la comunidad venezolana.

¿Qué ocurrió y qué no ha ocurrido?


El Departamento de Justicia presentó una petición de revisión, conocida como petición de certiorari. En ella, el Gobierno no pide que la Corte Suprema vuelva a analizar desde cero todos los hechos del caso. Su solicitud principal es que la Corte anule el fallo del Noveno Circuito y devuelva el expediente para una nueva consideración.


Este procedimiento suele conocerse como “conceder, anular y devolver” el caso. Si la Corte acepta esa solicitud, el Noveno Circuito tendría que revisar nuevamente su decisión utilizando la interpretación jurídica establecida por la Corte Suprema el 25 de junio de 2026.


Hasta el momento de esta actualización, la Corte Suprema no había concedido la petición, no había anulado el fallo y no había emitido una nueva orden que restaurara o eliminara automáticamente las protecciones para todas las personas venezolanas afectadas.


¿Qué pidió exactamente el Gobierno?


El Gobierno sostiene que el Noveno Circuito utilizó una interpretación de la ley del TPS que ya no puede mantenerse después de la sentencia de la Corte Suprema en los casos relacionados con Haití y Siria.


La petición solicita tres acciones concretas:


  • Que la Corte Suprema acepte la petición del Gobierno.

  • Que anule el fallo emitido por el Noveno Circuito el 28 de enero de 2026.

  • Que devuelva el caso al Noveno Circuito para que lo reconsidere bajo la nueva decisión de la Corte Suprema.


Aunque la noticia se concentra en Venezuela, el expediente también incluye una parte del litigio relacionada con una decisión anterior sobre el TPS de Haití. El impacto principal para la comunidad venezolana, sin embargo, se relaciona con la cancelación de la extensión de 2025 y la terminación de la designación de 2023.


¿Qué había decidido el Noveno Circuito?


El 28 de enero de 2026, un panel de tres jueces del Noveno Circuito confirmó una decisión del tribunal de distrito que había dejado sin efecto la cancelación y la terminación del TPS para Venezuela realizadas por la entonces secretaria Noem.


El tribunal concluyó que la ley del TPS no otorgaba a la secretaria una facultad independiente para revocar una extensión ya anunciada y que la terminación no podía entrar en vigor antes de la fecha permitida por la ley. La extensión de enero de 2025 había contemplado protecciones hasta el 2 de octubre de 2026 para beneficiarios elegibles de las designaciones venezolanas.


El fallo reconoció que estas decisiones tenían consecuencias reales para personas que habían perdido empleos, viviendas o la posibilidad de mantener a sus familias. También señaló que el TPS protege temporalmente contra la deportación y permite solicitar autorización de empleo, pero no constituye residencia permanente.


Sin embargo, antes de que el Noveno Circuito emitiera su fallo final, la Corte Suprema ya había suspendido temporalmente el efecto de decisiones favorables en este litigio mientras continuaban la apelación y la posible revisión ante la propia Corte Suprema. Por esa razón, el fallo del Noveno Circuito no debe interpretarse como una restauración automática del TPS o de todos los permisos de trabajo.


¿Por qué influye la decisión sobre Haití y Siria?


El 25 de junio de 2026, la Corte Suprema decidió los casos Mullin contra Doe y Trump contra Miot, relacionados con la terminación del TPS para personas de Siria y Haití.


La mayoría de la Corte concluyó que la ley del TPS impide a los tribunales revisar reclamos no constitucionales contra las decisiones del secretario de Seguridad Nacional sobre la designación, extensión o terminación del programa. En otras palabras, la Corte adoptó una interpretación amplia de la disposición que limita la revisión judicial.


La Corte también analizó un reclamo constitucional presentado en el caso de Haití y concluyó que probablemente no prosperaría. La decisión no afirmó que todas las demandas constitucionales estén automáticamente prohibidas, pero sí redujo de manera importante el espacio para impugnar en los tribunales las decisiones administrativas sobre el TPS.


El Gobierno argumenta ahora que esa interpretación afecta directamente el razonamiento utilizado por el Noveno Circuito en el caso de Venezuela. Por eso pide que el tribunal de apelaciones vuelva a estudiar si tenía autoridad para revisar y dejar sin efecto las decisiones del Departamento de Seguridad Nacional.


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¿Cambió algo hoy para las personas con TPS?


La presentación de la petición no creó una nueva extensión ni una nueva terminación. Tampoco convirtió automáticamente el fallo del Noveno Circuito en una protección vigente para todas las personas afectadas.


La situación actual continúa dependiendo de las órdenes judiciales previas, de la designación bajo la cual se registró cada persona, de las fechas y categorías de sus documentos y de las instrucciones oficiales publicadas por USCIS y el Departamento de Seguridad Nacional.


Esto significa que no debe asumirse, a partir de un titular, que todas las personas venezolanas recuperaron el TPS o que todas lo perdieron en la misma fecha. La historia procesal del caso incluye distintas designaciones, extensiones, terminaciones, órdenes de suspensión y actualizaciones administrativas.


Una noticia judicial puede cambiar la dirección del litigio, pero no sustituye una revisión individual de los documentos de cada persona.


¿Qué puede hacer ahora la Corte Suprema?


La Corte Suprema tiene varias posibilidades. Puede rechazar la petición, aceptar la solicitud de anular y devolver el caso, aceptar una revisión más amplia o emitir otra orden procesal.


Si la Corte anula y devuelve el fallo, eso no significaría necesariamente que el Noveno Circuito tenga que decidir inmediatamente todos los asuntos a favor del Gobierno. Significaría que el tribunal tendría que reconsiderar su análisis bajo la nueva interpretación establecida en los casos de Haití y Siria.


Mientras la Corte no actúe, es importante evitar conclusiones definitivas y desconfiar de publicaciones que anuncien que “el TPS volvió” o que “todos perdieron el TPS” sin explicar a qué designación, documento u orden judicial se refieren.


No todas las personas venezolanas se encuentran en la misma situación


La situación de una persona puede variar según la designación de TPS bajo la cual presentó su solicitud, si su caso fue aprobado o continúa pendiente, la fecha y categoría de su permiso de trabajo, y la existencia de otra base migratoria independiente.


También pueden influir factores como un proceso ante la corte de inmigración, una orden de deportación anterior, una solicitud de asilo, una petición familiar o laboral, una apelación o una notificación específica emitida por USCIS.


Por esa razón, dos personas que se identifican como beneficiarias del TPS venezolano pueden tener documentos, fechas y riesgos diferentes. Comparar un caso con el de un familiar o con una publicación en redes sociales puede llevar a conclusiones equivocadas.


Martillo judicial y documento con Petición de Certiorari de la Corte Suprema de EE. UU. ante el edificio; tono solemne.
Un documento legal sobre el caso TPS para Venezuela se exhibe junto a un mazo judicial, con el edificio de la Corte Suprema de Estados Unidos de fondo, simbolizando la nueva petición presentada en este litigio.

¿Qué documentos conviene revisar?


Ante tanta información cambiante, organizar los documentos puede ayudar a reducir parte de la incertidumbre. Una persona que tuvo o solicitó TPS para Venezuela puede reunir:


  • Las notificaciones de recibo y aprobación del Formulario I-821.

  • El permiso de trabajo y la categoría impresa en la tarjeta.

  • Las notificaciones sobre reinscripción, extensión o terminación.

  • Copias de solicitudes pendientes y comprobantes de envío.

  • Documentos de la corte de inmigración, si existe un proceso de deportación.

  • Información sobre otras solicitudes migratorias presentadas o aprobadas.


La fecha impresa en una tarjeta no siempre cuenta toda la historia. En algunos momentos, una notificación oficial puede extender temporalmente determinados documentos; en otros, una orden judicial puede cambiar su validez. La confirmación debe realizarse con la guía vigente de USCIS y, cuando sea necesario, con asesoría legal individual.


¿Puede existir otra opción migratoria?


Tener o haber tenido TPS no crea por sí solo un camino automático hacia la residencia permanente. Sin embargo, tampoco impide necesariamente que una persona pueda reunir los requisitos para otro beneficio migratorio independiente.


Dependiendo de la historia de entrada, los vínculos familiares, los antecedentes, las fechas y otras circunstancias, algunas personas podrían explorar una petición familiar, asilo, una Visa U, protección bajo VAWA, una opción laboral u otra forma de alivio.


Mencionar estas alternativas no significa que todas las personas califiquen. Presentar una solicitud sin conocer los requisitos, los riesgos o el efecto sobre un proceso existente puede causar problemas adicionales. El análisis debe ser individual y no debe realizarse únicamente por miedo a un titular reciente.


Un mensaje para la comunidad venezolana


Sabemos que vivir pendiente de cada orden judicial puede ser agotador. Detrás de este expediente hay familias que trabajan, pagan renta, crían a sus hijos y han construido una vida en Estados Unidos mientras siguen preocupadas por la situación en Venezuela.


La petición del Gobierno representa un nuevo paso importante en el litigio, pero no es la decisión final de la Corte Suprema. En este momento, lo más responsable es conservar los documentos, verificar la información en fuentes oficiales y obtener orientación basada en las circunstancias particulares de cada caso.


No tome decisiones importantes sobre trabajo, viajes, solicitudes migratorias o comparecencias ante inmigración basándose únicamente en una publicación de redes sociales. Si recibe una notificación de USCIS, de una corte o de otra agencia, revísela de inmediato con un abogado.


En Jessica Domínguez Immigration Law Group continuaremos atentos a las decisiones de la Corte Suprema y a las actualizaciones oficiales para compartir información clara, responsable y útil para nuestra comunidad.


OJO:


Información importante


Este contenido se comparte únicamente con fines informativos y contiene información general. No constituye asesoría legal ni crea una relación abogado-cliente.


Cada situación migratoria es diferente. Consulte con su propio abogado para recibir orientación basada en las circunstancias particulares de su caso.


Esta información está protegida por derechos de autor. Puede compartirla siempre que mencione como fuente a Jessica Domínguez Immigration Law Group y dirija a los lectores a JessicaDominguez.com

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