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El Grupo legal de Inmigración en Los Ángeles, dirigido por la abogada Jessica Domínguez, ha servido a la comunidad por más de 20 años, en la oficina se valora a cada familia inmigrante, y se trabaja con dedicación y esfuerzo, conscientes de que el futuro de cada familia depende del resultado.

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Con más de 42 años de experiencia en leyes de inmigración entre nosotros, nuestro grupo de abogados se dedica apasionadamente a mantener familias unidas.

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Le ayudamos a obtener la residencia permanente sin tener que salir de Estados Unidos, guiándole en cada paso del proceso.
Ajuste de estatus

Lo orientamos en el proceso para convertirse en ciudadano estadounidense y disfrutar de todos sus derechos y beneficios.
Ciudadanía

Reunimos familias. Le asesoramos para solicitar la residencia de sus seres queridos y mantener unida a su familia.
Petición familiar

Si ha acumulado presencia ilegal o enfrenta una prohibición de ingreso, le ayudamos a tramitar el perdón necesario.
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Nuestra firma de abogados puede ayudarle con los siguientes servicios legales
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“Llegué con dudas y miedo, y salí con confianza. Su atención fue personalizada y me mantuvieron informada en cada etapa.”

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“Recibimos una atención excelente. Nos guiaron paso a paso hasta lograr nuestra ciudadanía. Los recomiendo de corazón.”

“Después de años esperando, por fin pude arreglar mis papeles. El equipo fue honesto, claro y siempre me mantuvo informado del proceso.”
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“El equipo fue claro y honesto desde el primer día. Me explicaron todas las opciones y el proceso paso a paso, sin sorpresas.”

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Hacerse pasar por un ciudadano estadounidense es una falta grave que trae consecuencias y castigos bajo las leyes de inmigración, incluyendo ser determinado como inadmisible, ser referido a un proceso de deportación y que la puerta a la residencia sea permanentemente cerrada.
No solamente en situaciones en que la persona se hace pasar como ciudadano son las que pueden afectar.
En ocasiones los oficiales de inmigración pueden determinar que la persona también ha cometido dicha falta debido a ciertas acciones como intentar ingresar a los Estados Unidos y afirmar que son ciudadanos cuando no lo son, cuando llenan documentos de trabajo como si fueran ciudadanos, cuando se registran para votar o votan en las elecciones, al obtener o intentar obtener un pasaporte estadounidense con documentos falsos o cualquier otro beneficio que requiera que usted sea ciudadano estadounidense, entre otros.
Tener un trámite pendiente no siempre detiene automáticamente una deportación.
Todo depende del tipo de proceso migratorio que tengas abierto y de si existe una orden de deportación previa. Por ejemplo, si una persona tiene una orden final de deportación, ICE puede intentar ejecutar esa orden aunque tenga otro trámite pendiente, a menos que exista una protección legal que lo detenga.
Algunos procesos pueden ayudar a detener o retrasar una deportación mientras el caso está siendo revisado. Entre ellos pueden esta solicitudes de asilo, casos de Visa U o Visa T, peticiones familiares que incluyen ajuste de estatus, cancelación de deportación, solicitudes humanitarias o perdones migratorios. Si una persona tiene un caso activo en la corte de inmigración, generalmente no puede ser deportada hasta que el juez tome una decisión final.
Durante ese tiempo, la persona tiene la oportunidad de presentar su defensa y explicar por qué debería permanecer en el país.
En algunas situaciones, la persona puede continuar su proceso mientras está detenida o puede solicitar una audiencia de fianza para intentar salir mientras su caso sigue en trámite.
En algunos casos, si hay pasos que puede seguir para tratar de corregir la situación, pero es un proceso delicado que debe manejarse con cuidado y preferiblemente con la asistencia de un abogado especializado en inmigración.
Una opción puede ser retractarse voluntariamente de la declaración falsa, aunque esto conlleva riesgos legales que deben evaluarse cuidadosamente.
Dada la complejidad de las leyes de inmigración y las graves consecuencias de haber proporcionado información falsa, es vital obtener asesoramiento de un abogado experto en las leyes de inmigración. En ciertos casos, puede solicitar un perdón por la falta de haber cometido fraude si puede demostrar que su exclusión de Estados Unidos resultaría en una dificultad extrema para su cónyuge, padre o madre que sean ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales. Sin embargo, la elegibilidad para un perdón varía ampliamente según las circunstancias específicas de cada caso. Dependiendo de la naturaleza de la mentira y de cómo se resuelva su caso, puede ser posible mejorar su situación migratoria en el futuro.
Sin embargo, las declaraciones falsas a menudo tienen un impacto duradero en los casos de inmigración, por lo que la transparencia y la honestidad futuras son cruciales.
No mienta a ninguna autoridad, ni de inmigración ni de ningún otro, ya que las consecuencias serán serias y podrían afectar su situación legal y su integridad personal
Una vez las autoridades certifican que la persona ha sido víctima de un crimen violento que califica para la visa U y firman el documento confirmando que la persona ha cooperado con las autoridades, entonces después de una larga espera de más o menos siete a siete años y medio, recibirán la respuesta acerca de si el Servicio de Ciudadanía o no les aprueba su solicitud para la visa U.
Pero en esta situación, esta madre de familia quiere saber si es que su hija que ya es mayor de 21 años y es ciudadana estadounidense, la puede pedir.
La respuesta Bajo las leyes de migración, nuestros hijos Mayor de 21 años Ciudadanos estadounidenses sí nos pueden pedir, pero eso no significa que automáticamente vamos a calificar para la residencia permanente legal, porque por ejemplo, la visa U cuando se pruebe después de tres años, usted va a poder recibir la residencia legal aquí dentro del país sin tener que salir castigada.
Si no ingresó con una visa su hija no está sirviendo a las fuerzas armadas, eso quiere decir que no tiene una excepción para poder calificar para residencia legal aquí dentro del país.
Si ha vivido acá más de un año sin estatus legal, quiere decir que al salir para un proceso consular recibiría un castigo de 10 años y para poder registrar un perdón.
Entonces por eso es que a veces le conviene mucho más a la mamá o a ese papá continuar con la visa U, porque a la visa U sí le perdona el hecho de vivir acá sin un estatus legal migratorio y no tiene que salir del país para poder recibir la residencia y para hacer su ajuste de estatus aquí dentro del país.
Así que es muy importante que antes de tomar cualquier paso antes de abandonar la visa U, asegúrese si sería elegible para recibir la residencia aquí dentro de los Estados Unidos.
Sí, es posible que su empleador registre una petición laboral por usted, pero mucho cuidado porque existen varios requisitos a cumplir para que un empleador pueda ayudarlo a calificar para la residencia en el país. Por ejemplo, deben evaluar cuánto tiempo ha vivido usted en los Estados Unidos sin un estatus legal migratorio.
Si usted ha acumulado presencia ilegal en los Estados Unidos, podría recibir el castigo de los 3 y 10 años en dado caso deba salir del país para su cita consular.
Quienes han vivido ilegalmente en los Estados Unidos por 180 días deberán cumplir el castigo de los tres años, o bien, si han vivido en el país ilegalmente durante un año o más pueden llegar a recibir el castigo de los 10 años. Algunas personas que cuentan con la protección de la I tienen la oportunidad de arreglar su estatus dentro de los Estados Unidos sin necesidad de salir a su país de origen, pero esto no significa que ya sea suficiente para calificar a una visa de residencia por una petición laboral, debido a que existen varios requisitos que se tienen que tomar en cuenta, como por ejemplo verificar si la compañía puede pagarle a usted el sueldo requerido por el Departamento de Labor.
Por ello es importante que usted visite a un abogado experto en las leyes de inmigración para que analice cada factor de su caso y así pueda indicarle la mejor manera de arreglar su estatus en los Estados Unidos.
La respuesta definitivamente toda persona que no domine el idioma inglés no debe presentarse una cita sin que tenga una persona que le interprete lo que va a suceder en esa cita.
Si la cita es con una audiencia de migración con un juez, entonces ustedes van a tener un intérprete que les va a interpretar toda la información y definitivamente deben ingresar a esa sala con sus abogados que los van a representar.
De esta manera usted está bien preparado de cómo contestar las preguntas del abogado de gobierno y también de la jueza.
La cita puede ser con los oficiales de AES, Usted tiene que asegurarse que al acudir a esas citas vaya con una persona que le interprete lo que le va a decir el oficial y lo que usted va a contestar
Para que ustedes sepan, en las oficinas de asilo los oficiales tienen un programa donde ellos por teléfono contratan a una compañía de intérpretes que está interpretando todo lo que usted va a decir, pero definitivamente vale la pena que usted se comunique con su abogado porque de esa manera está preparado también para esa entrevista.
Si la cita es con el Servicio de Inmigración y Ciudadanía para la residencia permanente legal, entonces usted puede llevar su propio intérprete y muchísimo ojo, porque yo no recomiendo que nomás lleve a la vecina, al primo, al novio de su hija, porque si ellos no saben cómo traducir una pregunta, una pregunta donde usted se equivoca y dice una fecha equivocada, eso puede ser suficiente razón para que le nieguen la residencia.
Algunos de los documentos que usted debe presentar su notificación de cita en el Centro de Asistencia y Solicitudes una identificación válida con fotografía, como por ejemplo el pasaporte de su país de origen. Qué debe esperar de su cita Sus datos serán tomados en unas máquinas especiales que colectan los datos.
Generalmente se toman fotografías, firma digital y datos biométricos como por ejemplo las huellas dactilares. Número 3: Si usted no habla inglés En muchas ocasiones hay personas en el Centro de Asistencia en Solicitudes que hablan inglés y español.
Número 4: Si usted tiene antecedentes penales En este caso debe conversar muy bien con su abogado antes de registrar cualquier trámite.
Número 5: Si debe reprogramar su cita. En dado caso usted no pueda asistir a su cita de huellas, debe comunicarse al Centro de contacto de UCI al teléfono 803-755283.
Es importante que cualquier cambio de dirección sea registrado para que UCI pueda enviarle a su nuevo domicilio la notificación para su cita.
Asegúrate de llevar todos los documentos requeridos, como por ejemplo tu pasaporte, la carta de tu cita, la evidencia del apoyo financiero y cualquier otro formulario que tu abogado te explicó que tienes que llevar a esta entrevista.
Segundo, basta la información de tu solicitud. No te vayas a olvidar y equivocar el día de tu entrevista. Prepárate para responder preguntas sobre tu relación con el patrocinador, acerca de cualquier antecedente con inmigración o algún antecedente penal ya sea aquí en los Estados Unidos o en tu país de origen y motivos por los que quieres residir aquí en los Estados Unidos.
Asegúrate de llegar con tiempo suficiente, ya que puede haber retrasos en el proceso de entrada al consulado y y créeme que tú no quieres llegar tarde.
Paso 4 Vístete de manera formal o semiformal, demostrando así que tienes un respeto por la seriedad del proceso.
Tu apariencia profesional puede influir en la impresión que causa el quinto paso.
Mantén la calma, sé cortés con el personal consular.
abogado ya te preparó muy bien para esa entrevista, tú ya ensayaste las respuestas, ya las practicaste.
No tenga miedo, vaya con una actitud no solamente positiva, pero con mucha fe que todo su esfuerzo va a valer la pena.
Debe tener a la mano su número de recibo. Ingrese al portal web oficial de UCI, busque la sección que dice el Maneje su caso y ahí seleccione Verificar el estatus de su caso. Ahí deberá ingresar el número de recibo de su caso, debe omitir los guiones y puede incluir los demás caracteres incluyendo asteriscos y formarán parte de su número de recibo.
Luego presione el botón de Verifique status. Podrá verificar cuál es el estado actual de su caso pendiente con uscis.
Es importante que esté muy pendiente de su caso con UCI y si éste está demorando más de lo normal, pueda ponerse en contacto con su abogado experto en leyes de inmigración para que analice la situación y le diga qué pasos puede tomar.
La respuesta es SÍ. Pueden usar esta información para negarnos el ingreso a los Estados Unidos.
Cuando usted está tratando de ingresar con una visa de turismo la respuesta es sí.
¿Por ejemplo hace unas semanas una persona que llegaba con su visa de turismo no la dejaron ingresar y le cancelaron la visa, por qué?
Porque tenía un correo electrónico donde su familia de acá le decía que ya le había encontrado trabajo. Recuerden la intención dice la ley de migración de toda aquella persona que quiere ingresar a los Estados Unidos con una visa de turismo debe ser una intención temporal, solamente de visita y no para venir a trabajar.
Así que ellos pueden chequear sus redes sociales y toda la información acerca de su intención de llegar a los Estados Unidos.
No, La visa de turismo permite que las personas ingresen a Estados Unidos de visita temporalmente únicamente como turistas, es decir, por motivos recreativos y no con la intención de quedarse a vivir en el país permanentemente. Las personas que ingresan a Estados Unidos con esta visa pueden permanecer en el país únicamente por el tiempo autorizado, el cual es un plazo máximo de seis meses.
El hecho de que una persona ingrese a Estados Unidos con visa de turismo y trabaje durante su estadía como turista, significa que estaría quebrantando la ley de inmigración, ya que esta visa no permite que las personas trabajen legalmente en el país.
Algunas de las consecuencias que podría traerle trabajar con esta visa que cuando regresen a su país de origen y luego de un tiempo quiera ingresar nuevamente a Estados Unidos podrían negarle la entrada.
Además otra de las consecuencias es que podrían cancelar su visa de turismo y en un futuro podría ser complicado que vuelvan a aprobarle la visa.
Existen visas especiales para que usted pueda ingresar a trabajar a Estados Unidos, puede consultar en la página web de la embajada o consulado americano de su país de origen para más información al respecto.
Le recomendamos que si usted entra a Estados Unidos con esta visa no trabaje en el país, ya que esto podría traer ciertas complicaciones a futuro.
Si la persona vivía indocumentada sin un estatus legal migratorio por más de 180 días o más de un año, cuando le toca recibir la residencia aquí dentro de los Estados Unidos, podría registrar un ajuste de estatus sin tener que salir castigado, sin tener que pedir un perdón, por eso la importancia de la 245I. El hermano ciudadano estadounidense puede registrar la petición, pero cuando la visa esté vigente, o sea, cuando la fecha de prioridad después de tantos años llegue a tener vigencia, va tener que salir del país y esperarse castigado en su país de origen por 10 años, a menos que usted tenga un papá, una mamá o un cónyuge que sea residente o ciudadano estadounidense y que los ayude a pedir el perdón.
En otras palabras, sí existen otras maneras de poder legalizarse aunque no tengan la protección de la 245i. Por ejemplo, Si usted está casada con un cónyuge que es residente permanente legal, al registrar la petición va a haber un tiempo de espera. Pero si usted no se quedó viviendo acá más de 180 días o más de un año sin estatus legal migratorio, va a tener que salir del país, pero puede pedir todavía su perdón aquí dentro de los Estados Unidos. Entonces no se preocupen si no tienen la 245I, pero sí asesórense con la persona indicada, un abogado que sea experto en las leyes de migración, para que lo ayuden a determinar si usted califica para un perdón o no cuando llegue la ley.
La 245i es una sección de ley que es un gran regalo para toda aquella persona que ha vivido en los Estados Unidos sin un estatus legal migratorio, siempre y cuando tengan una solicitud registrada antes de abril 30 del 2001, ya sea una petición familiar o laboral y ustedes viven en los Estados Unidos desde antes de veintiun del dos mil, entonces tienen la protección de la I que les da el regalo que cuando puedan ajustar su estatus lo pueden hacer aquí dentro de los Estados Unidos sin tener que salir a pagar el castigo de los tres o los diez años por haber vivido aquí sin un estatus legal migratorio.
El segundo punto es el momento que una persona que ha vivido aquí sin estatus legal migratorio más de 180 días o más de un año sale del país un pie que pongamos fuera del país, está persona recibe un castigo ya sea de los 3 o los 10 años.
Si su petición fue registrada después del 14 de enero de 1998, usted deberá comprobar que vivió en los Estados Unidos antes del 21 de diciembre del 2000.
Además la petición debe estar aprobada o debe haber sido aprobable cuando se registró el El contar con esta protección es algo muy positivo ya que siempre y cuando se califique para la residencia permanente no habrá necesidad de salir del país y con esto se evitaría recibir el castigo de los 3 y 10 años.
La I le permitirá pagar una multa de mil dólares por haber entrado o estado en el país de forma indocumentada. El Servicio de Inmigración y Ciudadanía USCIS puede determinar que una persona no tiene esta protección si la solicitud registrada no llegó el 30 de abril del 2001 o antes, no tiene las firmas requeridas, no se registró el pago indicado, entre otros.
Primer punto, la razón por que existen esos rumores o esos comentarios es porque cuando ingresamos a los Estados Unidos con una visa de turismo nuestra intención debe ser temporal en naturaleza, quiere decir venir solamente a visitar, no a quedarnos aquí en los Estados Unidos.
Entonces existe un poquito de confusión porque personas piensan si se casan con un ciudadano y registran la solicitud para la residencia aquí en los Estados Unidos, pueden tener problemas el día de la entrevista porque ingresaron para visitar y luego ahora están buscando la residencia.
Lo más importante el día de esa entrevista es que usted esté bien preparado o bien preparada, informarle oficial, yo ingresé con mi visa de turismo a visitar, pero luego me enamoré, él me convenció de quedarme y pues ahora vamos a hacer una vida junto aquí en los Estados Unidos.
El segundo punto, si usted se casa aquí en los Estados Unidos, después de ingresar con su visa, deciden que ya se va a quedar permanentemente aquí para su residencia permanente legal.
Muchísimo ojo porque si usted ya se había quedado más del tiempo que le permitió esa visa y luego quiere registrar la solicitud de residencia y salir del país, puede hacer que si quedó más tiempo del usual, no le den un permiso para poder salir y reingresar legalmente a los Estados Unidos.
Así que por favor consulte este tema con su abogado porque no quiero que piensen que van a poder seguir usando esa visa de turismo mientras que están con un proceso de residencia pendiente a menos que califiquen para el permiso especial.
La respuesta es absolutamente no, porque las leyes de migración dictan que para que un cónyuge pueda darle la residencia a alguien más, tiene que estar casada o casado con ese cónyuge, pero el matrimonio tiene que ser válido. Inclusive he visto muchos casos que son negados porque la pareja registra la solicitud para la residencia, la beneficiaria o el beneficiario recibe el permiso de trabajo, pero el día de la entrevista el oficial determina que la beneficiaria o el beneficiario está casada o estuvo previamente casada con alguien y todavía no se ha divorciado.
Si no se han divorciado, esto quiere decir que existe bigamia. Porque si una persona que está casada con alguien se casa con otra sin haberse divorciado primero, entonces el Servicio de Inmigración y Ciudadanía le negaría el caso porque no existe un matrimonio válido.
Así que toda aquella persona que está casada con alguien en su país de origen o cualquier estado en los Estados Unidos, sin importar hace muchísimos años, no importa hace cuánto tiempo, es de suma importancia que se divorcien primero antes de tomar el segundo paso y casarse aquí en los Estados Unidos para poder recibir la residencia legal o aunque estén fuera del país.
Toda persona que vive en los Estados Unidos más de 180 días o más de un año sin un estatus legal migratorio. Si esa persona ingresó sin una visa, ingresó sin permiso, esto quiere decir que cuando la cónyuge lo pida, él va a tener que pedir un perdón, El perdón por vivir aquí más de 180 días o más de un año sin un estatus legal migratorio. El proceso consular quiere decir que eventualmente la persona va a tener que salir de regreso a su país de origen y una vez que sale, recibe el castigo de los 10 años.
Pero las buenas noticias es que en estos momentos ustedes pueden registrar el permiso perdón por el castigo de los 10 años aquí dentro de los Estados Unidos.
Una vez que el perdón se aprueba, entonces se le pide a la Embajada americana o al consulado americano que les dé la cita consular para que usted acuda y pida entonces su residencia permanente legal.
Si usted ingresó con una visa de turismo, usted ingresó a los Estados Unidos con la promesa, aunque no levantó la mano y juramentó, pero usted estaba comprobando que venía a los Estados Unidos a visitar como turista una visa de no inmigrante con la intención solamente de temporalmente pasar tiempo aquí, pero luego regresarse a su país de origen.
Porque si no puede comprobar usted que solamente vino a visitar y luego se enamoró, entonces esto va a causar un problema a su ajuste de estatus o a su solicitud de residencia.
También otro punto importante es que existen reglas bajo la ley de inmigración, como por ejemplo si usted solicita la residencia antes de haber pasado aquí por lo menos 90 días, adivine qué va a tener problemas también porque es muy difícil explicar bajo las leyes de migración que su intención era solamente de visitar. Otro punto, si usted solicita la residencia, acude a la entrevista con su cónyuge y todavía no llevan más de dos años como casados, no va a recibir la residencia permanente legal, solamente recibe una residencia condicional por dos años.
90 Días antes de que se expire estas tarjetas ustedes tendrían que remover la condición.
Porque la clave del éxito para una solicitud de ajuste de estatus en una situación como la que usted se encuentra es comprobar que el matrimonio es de buena fe. Es importante registrar recibos, cuentas de banco, documentos que comprueben que han comprado propiedades juntos, aunque sea la mesita de noche, la cama, que estén muy familiarizados donde queda localizada cierto mueble en su casa, donde está el cuarto, porque los oficiales les hacen dibujar lo que ustedes se imaginan que la otra persona ve por los ojos de usted, o sea, cómo es la casa cuando uno entra, está la sala, está el comedor, cómo se llega al cuarto, cómo se llega al baño.
Si usted tiene una petición pendiente por parte de su padre o madre residente permanente legal, no debe casarse mientras la petición está pendiente, esto debido a que esta petición se perdería ya que un residente permanente legal puede pedir a sus hijos únicamente si ellos están solteros.
Es recomendable que usted se case hasta que la petición haya finalizado, es decir hasta que usted sea residente permanente legal y ya tenga su tarjeta de residencia.
Y si en dado caso usted quisiera casarse con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, es importante que consulte muy bien con su abogado experto en las leyes de inmigración para analizar qué es lo que le conviene más para arreglar su estatus dentro de los Estados Unidos.
Muchísimo ojo, si usted ingresó con una visa y respectivamente de si fue hace un año, tres años o diez años, siempre y cuando no tenga otras faltas bajo la ley de migración, esto le abre una gran puerta porque entonces se puede analizar el caso para un ajuste de estatus, más no si usted está casada con un residente permanente legal. Porque un residente permanente legal, aunque usted haya ingresado con una visa, no le ayuda a quitar el castigo porque por vivir acá más de un año sin un estatus legal migratorio. Ahora, si usted vive fuera del país, el trámite también se empieza para un proceso consular, pero ya no es un ajuste de estatus aquí dentro del país, sino una petición para recibir su entrevista ya sea en el consulado o la embajada americana. Primero que nada, asegurándose que un abogado analice sus casos porque tenemos que determinar si cumplen con todos los requisitos, como por ejemplo, ¿Cuentan con una carta de patrocinio, la responsabilidad financiera del peticionario?
Después de haber consultado ya con un abogado experto en las leyes de migración, se empieza con una petición familiar. La petición familiar se registra ya sea si su cónyuge es ciudadano o residente, dependiendo de eso, entonces hay diferentes tiempos de proceso y puede chequear esa información en la página de USCIS.
Ahora, si usted vive aquí en Estados Unidos y ya califica para recibir la residencia aquí, su abogado no solamente va a registrar la petición familiar, pero también todo un paquete para lo que llamamos el ajuste de estatus. Si vive fuera del país, no ha cometido ninguna falta, no necesita un perdón, entonces cuando se pruebe la petición familiar, usted estará tomando los pasos necesarios con el Centro Nacional de Visa.
Asegúrense por favor de tener siempre informado a los dos diferentes departamentos, al Centro Nacional de Visas o al Servicio de Inmigración y Ciudadanía acerca de sus direcciones vigentes
Existen tres grupos de padres bajo los cuales esta clase de preguntas les podría afectar.
Primer Aquellos papás que ingresaron a los Estados Unidos y han vivido acá más de un año sin un estatus legal migratorio. Si ustedes tienen algún de esas protecciones, entonces podrían ajustar su estatus aquí dentro de los Estados Unidos siempre y cuando un abogado analice todos los temas de inadmisibilidad que le pueden afectar a usted, como por ejemplo, previas deportaciones, si han sido arrestados, si han tenido delitos, si ganan lo suficiente los hijos que los van a pedir, todos esos temas se tienen que definitivamente analizar.
¿Pero qué pasa con aquellos papás que no ingresaron con una visa o sin un permiso? Esos padres no pueden ajustar su estatus aquí en los Estados Unidos.
Esos padres tienen que seguir lo que se llama un proceso consular y si usted como papá, mamá ha vivido acá más de un año, sus hijos van a hacer esa petición muchísimo cuidado porque lo que seguiría entonces sería un proceso consular y al salir a su cita no lo dejarían regresar por diez años.
Y el tercer grupo de padres ¿Qué tal si sus papás o sus mamás sí han vivido acá en Estados Unidos, pero no más por visita, han venido con su visa de turismo y se han regresado a su país de origen, ustedes pueden hacer una petición empezando con la petición familiar y se empieza entonces el proceso consular para esos papás que cuando vayan a su entorno?
El formulario I 130, también conocido como petición familiar, es el primer paso para que ciudadanos americanos y residentes permanentes legales a ayuden a un familiar a obtener la residencia dentro de los Estados Unidos. El tiempo que demora esta petición familiar depende de la categoría de beneficiario en la que usted se encuentre.
Sí es posible tener varias de estas peticiones al mismo tiempo, incluso en ocasiones esto podría ser de beneficio. Es importante que se asesore con un abogado para que pueda indicarle si vale la pena o no registrar más de una solicitud para su caso y cómo podría beneficiar a una persona el tener varias de estas peticiones pendientes. Supongamos que usted es de Mé está soltero, tiene más de 21 años de edad, tiene un padre ciudadano y un hermano ciudadano. Usted como soltero, mayor de edad e hijo de un ciudadano americano se encuentra en la primera categoría.
Recuerde que el que usted tenga varias de estas peticiones por parte de sus familiares no quiere decir que pueda agilizar su proceso y y recibir la residencia antes de que llegue su fecha de prioridad.
Es importante tomar en cuenta que su hijo no debe estar casado ni debe casarse durante todo el proceso de su petición, ya que si usted como residente registra una petición por él y su hijo se casa, esa petición se perdería y tendrían que esperar a que usted se haga ciudadano estadounidense para poder pedir a su hijo. Un ciudadano estadounidense puede registrar una petición por padre o madre, cónyuge, hijos solteros o casados y hermanos solteros o casados.
El tiempo que demora cada petición es distinto, ya que depende de varios factores, como por ejemplo si usted es ciudadano americano o residente permanente legal, o bien si su familiar debe esperar su fecha de prioridad en el boletín de visas. Los familiares inmediatos son aquellos que tienen una relación muy cercana con la persona que va a registrar su petición y que es ciudadano estadounidense. Las personas consideradas como familiares inmediatos son cónyuges, hijos menores de 21 años y padres. Por otra parte, las personas que no son consideradas familiares inmediatos deberán esperar a que su fecha de prioridad esté vigente en el boletín de visas.
Registrar una petición familiar es el primer paso que usted puede tomar para ayudar a que un familiar que califica bajo las leyes de inmigración pueda cumplir el sueño de recibir la residencia permanente legal en los Recuerde que todo caso debe ser analizado por una.
Tener un hijo ciudadano no significa automáticamente que los padres estén protegidos de un proceso de deportación. Esto quiere decir que una persona puede tener un hijo ciudadano y aun así necesitar resolver su situación migratoria. Por ejemplo, las autoridades pueden considerar la situación familiar y cómo ciertas decisiones podrían afectar al hijo ciudadano. Sin embargo, esto no garantiza que un proceso de deportación se detenga porque cada caso se analiza de manera individual. Cuando un hijo ciudadano cumple 21 años, puede ayudar a sus padres iniciando una petición familiar.
Este proceso puede abrir la posibilidad de que los padres comiencen a arreglar su situación migratoria.
En la página oficial de UCI usted podrá encontrar un listado con 100 preguntas para su examen de educación cívica. El oficial de inmigración le hará 10 de estas 100 preguntas y para que usted pueda aprobar esta sección deberá responder al menos seis preguntas correctamente.
En la mayoría de casos, al finalizar las entrevistas de ciudadanía, el oficial de UCI comunica su decisión.
Esta puede ser aprobar su solicitud de ciudadanía, negar dicha solicitud o bien no tomar una decisión y continuar con su caso. Si su petición para ser ciudadano fue aprobada, entonces usted recibirá una carta por correo notificando cuándo y dónde será la ceremonia de su juramentación.
Si el oficial decide continuar con su caso puede ser porque falló en su examen de ciudadanía, de ser así, entonces no se preocupe ya que tendrá una segunda oportunidad para volver a examinarse en otra cita programada por UCI. El que el oficial decida continuar con su caso también puede deberse a que no ha entregado toda la documentación necesaria. Además le indicarán dónde y cuándo puede entregarlos, pero eso sí tenga mucho cuidado porque si falla nuevamente en su examen o no cumple con las indicaciones sobre la documentación que falta, UCI podría negar su solicitud.
En cuanto a vestimenta no hay requisitos, sin embargo, le recomendamos que vaya lo más presentable posible para que así pueda demostrarle al oficial de inmigración que el que usted esté un paso más cerca de su ciudadanía es de suma importancia para usted.
Recuerde que puede apoyarnos a llegar a nuestra meta de mil likes en este video y comparta esta información para que más personas estén enteradas de lo que acontece en inmigración.
La ciudadanía estadounidense es un estatus otorgado a residentes permanentes legales quienes cumplen con todos los requisitos.
El ser ciudadano estadounidense trae consigo ciertos beneficios como por ejemplo vivir y trabajar en los Estados Unidos, ayudar a emigrar a más familiares, tener derecho a votar, entre otros.
Un paso fundamental para poder obtener la ciudadanía estadounidense es pasar exitosamente el examen de ciudadanía.
Un oficial del Servicio de Inmigración y Ciudadanía UCI le hará preguntas sobre su solicitud y y también preguntas sobre educación cívica, historia de los Estados Unidos, entre otros.
En algunos casos las personas que cumplen con ciertos requisitos pueden tomar el examen de ciudadanía en español y esto es válido para los siguientes inmigrantes que tengan 50 años de edad y que sean residentes permanentes legales desde hace más de 20 años.
Inmigrantes que tengan 55 años de edad y que cuenten con la residencia permanente legal desde hace más de 15 años.
Inmigrantes de 65 años de edad o más que tengan como mínimo 20 años siendo residentes permanentes legales.
Para ello se debe registrar el formulario n y este tiene que ser completado por un doctor para que un oficial de inmigración use su discreción y decida si acepta dicha información y lo excusa de tomar el examen.
La ley dice lo que toda aquella persona que estemos buscando recibir la residencia permanente legal en los Estados Unidos, tenemos que comprobar que somos admisibles, que somos elegibles y por lo tanto estamos tocando una puerta imaginaria, pidiéndole a los Estados Unidos, pidiéndole el Servicio de Inmigra y Ciudadanía o al Departamento de Estado que nos otorguen la residencia permanente legal, comprobando que calificamos.
Si el gobierno determina que ellos tienen la razón para creer que vamos a estar involucrados en actividad ilegal, como por ejemplo, cometer crímenes por ser parte de una pandilla o una mafia.
Porque si el tatuaje se puede vincular de una manera u otra o asociar con alguna pandilla o alguna mafia, usted será inadmisible bajo las leyes de migración y por eso se le negará la residencia.
Como por ejemplo, si el tatuaje es de, no sé, un símbolo que en el pasado a usted le gustaba, pero que puede ser asociado con una pandilla, pueden ir donde un artista a que le cambien ese tatuaje, ya sea a una flor o un tatuaje que no sea vinculado con las pandillas.
Por eso, antes de salir a sus citas consulares, por favor consulten con abogados que tengan la experiencia en estos procesos consulares, para que si usted decide salir, de todas maneras conozca los riesgos y no.
Si en dado caso su tarjeta de residencia es perdida, robada, destruida, etc.
Usted debe solicitar al Servicio de Inmigración y Ciudadanía UCI, el reemplazo de su tarjeta.
Para esto usted debe enviar a UCI el formulario I-90, ya sea vía electrónica o por correo postal.
Si UCI aprueba su solicitud, entonces le enviarán por correo postal su nueva tarjeta de residencia.
Si usted cambia de domicilio, recuerde que debe notificarle a UCI sobre su cambio para que así puedan enviar su tarjeta a su nueva dirección.
El hecho de que su tarjeta de residente haya sido robada o extraviada no significa que usted deje de ser un residente permanente legal.
Es importante que también tome en cuenta que debe renovar su tarjeta de residencia seis meses antes de que ésta expire.
El examen médico para inmigración es una evaluación de salud requerida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos para determinar si un solicitante tiene condiciones de salud que podrían afectar su elegibilidad para ingresar o permanecer en el país.
Este examen ayudan a asegurar que los inmigrantes no representen una amenaza para la salud pública. El examen médico debe ser realizado por un médico autorizado por ucis conocido como un médico civil o un médico designado.
Los solicitantes en el extranjero deben acudir a un médico panel designado por el Departamento de Estado.
El examen médico generalmente incluye una revisión de su historial médico, un examen físico, pruebas de detección de enfermed contagiosas como la tuberculosis y vacunas requeridas.
El examen médico es válido por dos años a partir de la fecha en que el médico firmó el formulario I-693, siempre y cuando el solicitante presente el formulario a USCIS dentro de los 60 días de la firma del médico.
Si el formulario se presenta Después de los 60 días de la firma, la validez se reduce a un año.
Si el examen médico caduca antes de que use a IAS haya completado el procesamiento de su solicitud, es posible que deba registrar un nuevo examen médico.
La opción más viable es anular la declaración de culpabilidad a través de una moción específica, pero esto no significa borrar el crimen de su historial.
Es de suma importancia no intentar ocultar estos antecedentes al UCIS, ya que puede interpretarse como un intento de fraude. Dependiendo del estado, existen procedimientos como la moción para anular o la moción para alivio post convicción. Estos no buscan eliminar el registro del crimen, sino reabrir el caso para retirar la declaración de culpabilidad y cerrarlo adecuadamente.
Este proceso bien ejecutado puede evitar problemas futuros al aplicar para beneficios migratorios.
Cumplir la pena impuesta por un crimen no limpia automáticamente su récord para los propósitos de inmigración.
Aunque haya pagado su deuda con la sociedad, el crimen sigue siendo parte de su historial y puede afectar tu elegibilidad para ciertos beneficios migratorios.
Aunque logre anular una declaración de culpabilidad y cerrar el caso de manera favorable, Si es un residente legal permanente y cometió un crimen que le hace deportable, aún enfrentará riesgos.
La discreción del oficial de inmigración juega un papel crucial y algunos crímenes son considerados tan graves que la posibilidad de deportación sigue siendo alta.
Un abogado de inmigración con experiencia en casos criminales podrá evaluar su situación específica y guiarle a través de los posibles caminos legales para mejorar su situación ante el USCIS.

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¿Cuáles son los requisitos para hacerse ciudadano estadounidense?


¿Deben registrar una petición para mí si no tengo la protección 245(i)?


